Tributos aplica el criterio del TS: la exención en IRPF por trabajos en el extranjero comprende los días de llegada y de partida
23 de febrero de 2024
Tributos aplica el criterio del TS: la exención en IRPF por trabajos en el extranjero comprende los días de llegada y de partida
La Dirección General de Tributos sigue el criterio del Tribunal Supremo y confirma que los días de desplazamiento al país de destino y de regreso a España deben entenderse comprendidos en los rendimientos del trabajo percibidos por trabajos efectivamente realizados en el extranjero a efectos de la exención del artículo 7.p) de la LIRPF.